En la tarde del martes, RosarioPlus.com dio cuenta de que la falta de testigos en el ya "célebre" allanamiento del Ministerio de Seguridad el 26 de noviembre había quedado registrada en el acta que se labró ese día. El documento dejaba en claro además que la irregularidad estaba motivada en la orden que había dado la fiscal Mariela Jiménez, a cargo del operativo. Pocas horas después, un mensaje de WhatsApp enviado en forma informal por un empleado de prensa del MPA de Santa Fe, brindó una insólita respuesta a lo publicado por este medio: "A los fines de despejar dudas respecto a las actividades de registro practicadas en las sedes del Ministerio de Seguridad y sobre las cuales se está tratando de cuestionar públicamente su legalidad. Las medidas que se practicaron fueron con la presencia de testigos. La orden fue que oficien de testigos los mismos empleados que se encontraban presentes en las oficinas públicas".

Es decir, con la explicación que informalmente hizo circular este miércoles el MPA de la capital provincial entre medios de comunicación, pretenden dar por válido que el Organismo de Investigaciones, dos fiscales y un grupo de efectivos policiales ingresaron a la Sede de Gobernación violando el artículo 268 Inciso 7 del Código Procesal Penal, que establece la obligatoriedad de contar "con dos testigos mayores de 18 años y que no pertenezcan a la repartición", para una intervención como la que se hizo. 

Aunque no hace falta ser abogado ni estudiante de derecho para entender lo insólito del planteo: los propios allanados no pueden ser los testigos del allanamiento del que están siendo víctimas. "Es como si alguien entra a tu casa a allanarte a vos y pone de testigo a tu pareja, la otra persona que se encuentra en el lugar", reflexionó Marcelo Sain, el exministro de Seguridad de Santa Fe, a quien los fiscales a cargo del operativo buscan imputar por presuntas maniobras de espionaje ilegal.

El abogado Juan Lewis, por su parte, defiende a una de las funcionarias a las que se le secuestró el celular ese día. Se trata de Nadia Schujman, que estaba a cargo de la Agencia de Control Policial. El letrado planteó: "Las personas que estaban en la oficina y firmaron las actas, nunca puede ser testigos de actuación, porque pertenecían a la repartición. Por eso la orden de la fiscal ese día fue clara y consta en el acta: debían actuar sin presencia de testigos". 

Lewis sumó un razonamiento con términos legales y dejó también una pregunta sobre el irregular método de comunicación con el que los fiscales vienen actuando desde el día de los operativos en el Ministerio. "Los testigos de actuación no son las personas que se encuentran en un lugar allanado, sino que deben ser dos personas extrañas a la investigación y el lugar a registrar. Para dar cuenta de la regularidad del acto, ese testigo no puede ser parte del lugar allanado. Es decir, no pueden ser parte de la repartición o de la fuerza de seguridad que interviene. Pero la clave ahora es que siguen respondiendo de forma informal y enredándose en términos leguleyos, sin contestar lo central: que están queriendo eludir los controles judiciales. ¿Por qué no plantean de manera formal todo esto ante un juez, en lugar de mandar a alguien a enviar un WhatsApp?", explicó.

Fue un allanamiento

El mismo texto enviado por la popular aplicación de mensajería, señalan: "Se trató de un registro, no de un allanamiento". Y cita el Artículo 169 del CPPSF: "“La autorización no será necesaria para el registro de los edificios públicos y oficinas administrativas, los establecimientos de reunión o de recreo, el local de las asociaciones, cualquier otro lugar cerrado que no esté destinado a habitación o residencia particular. En estos casos deberá darse aviso a las personas a cuyo cargo estuvieren los locales, salvo que ello fuere perjudicial a la investigación".

Inmediatamente, el mensaje de WhatsApp asegura: "En este sentido, se dio aviso al mismísimo Ministro de Seguridad que se encontraba presente en la sede de Rosario y a cada uno de los funcionarios responsables de las oficinas públicas requisadas".

Sobre este punto, Sain concluyó categórico: "En una oficina pública existe la excepción planteada, pero para llevarse cosas del Estado. Nunca una mochila, un teléfono o una computadora personal. Eso no puede hacerse sin autorización judicial. ¿Y por qué no la hubo? Porque deberían haberla pedido autorización en la jurisdicción en la que hacían el allanamiento, que era Rosario". 

En el final del acta, que lleva la firma de todos los presentes, hay un texto agregado a mano por una de las empleadas del Ministerio de Seguridad que estaba ese día en la oficina. Allí se relata algo que había pasado en el transcurso de ese intenso viernes, en la oficina contigua a la del ministro Jorge Lagna: "Dejo constancia que mi mochila estaba colgada en un perchero y procedieron a requisarla sin orden judicial de ningún tipo. La misma contenía una agenda privada, la cual fue secuestrada, sin consulta a ninguna autoridad y sin mi consentimiento".  ¿Habrá un nuevo mensaje de WhatsApp de Fiscalía intentando dar por válido el procedimiento que implicó llevarse hasta el diario íntimo de una funcionaria del Ministerio?