El Juez en lo Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, Marcelo Quaglia, condenó al club Boca Juniors a pagar una suma cercana a los tres millones de pesos al Polideportivo Club San José de Rosario, por los derechos de formación deportiva del jugador Pablo Pérez.

La entidad rosarina, una asociación civil sin fines de lucro cuya principal actividad es la práctica deportiva amateur y que se encuentra afiliada a la Liga Rosarina de Fútbol, se presentó ante la Justicia para reclamar los derechos de formación del jugador que no cobró cuando el futbolista firmó un nuevo contrato con el Xeneize en febrero del 2018.

El ahora volante leproso estuvo inscripto federativamente en la institución de zona sudoeste desde el 23 de marzo de 1997 hasta el 7 de marzo de 2003.

En el fallo se destacó que “si bien Boca es una entidad que resiste el pago de estos reclamos cuestionando la constitucionalidad de la ley en todos los pleitos en los que resulta demandado, acepta expresamente que la ley nacional N° 27.211 prevé a la renovación de los contratos como supuesto generador del derecho de los clubes formadores”.

También se sostuvo que la institución xeneize “no puede alegar desconocer el carácter de formador de Polideportivo San José, puesto que al momento de celebrarse la transferencia definitiva de los derechos federativos del jugador desde el Málaga de España a favor de Boca, el club argentino le abonó a la entidad rosarina el mecanismo de solidaridad internacional previsto en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA”.

El juez Quaglia rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley de Derecho de Formación Deportiva que había realizado Boca Juniors.

El magistrado indicó que “la entrada en vigencia de la ley 27.211 obliga a las confederaciones, federaciones, asociaciones, ligas o uniones a incorporar en sus reglamentos el derecho de formación deportiva en el plazo de 6 meses y vencido dicho término desde su entrada en vigencia sin que las asociaciones incorporen este derecho de formación en sus reglamentaciones, la ley es de aplicación definitiva”.

A los 2.855.473 de pesos en concepto de capital que debe pagar Boca hay que agregarle los intereses, por lo que la cifra total supera los 6.000.000.