Al culminar este miércoles el juicio a tres imputados por la muerte de María del Rosario Vera en los primeros días de 2018, cuando apareció su cuerpo calcinado en un contenedor, el Tribunal de Primera Instancia absolvió a dos de los imputados condenando sólo a Nahuel Sánchez, y descartó la calificación legal de femicidio por la de homicidio simple.

El fiscal de la causa Alejandro Ferlazzo disintió con la decisión del tribunal: “Estaban todos los extremos que hacen a la figura del femicidio: hemos probado el contexto de vulnerabilidad, la relación previa con la joven, el ambiente de violencia en el que se ejerció sobre el cuerpo". Vera antes de su muerte fue violada, asesinada por ahorcamiento, incinerada y arrojada a un volquete de basura en Gaboto y Felipe Moré. 

Si bien destacó que la pena al condenado “es muy alta”, objetó con el resultado del fin de juicio: “No estamos conformes, con la calificación legal sobre todo. No compartimos la interpretación que hace el Tribunal”.

Entendemos que la calificación correcta es la de femicidio y de esa manera acusamos. Las pruebas reunidas durante el juicio daban cuenta de esta figura legal”.

Adelantó que se reunirá para dialogar con la familia de la joven “y ver cómo seguimos y apelar”.

Consultado sobre el peritaje de ADN que detectó la identidad del único condenado, respondió: “El ADN no era una prueba fundamental que para nosotros lleve a absolver a los otros dos”.

Según argumentó el fiscal, fue probado que los absueltos “estaban en el lugar del homicidio, consideramos han tenido participación y por eso pedimos condenarlos, pero el Tribunal no lo consideró así”.

Según el tribunal compuesto por Rodolfo Zvala, Isabel Varela y Rafael Coria, se trató de un delito de un homicidio simple, y se descartó la calificación legal bajo la cual transcurrió el juicio, donde el fiscal imputaba a los tres detenidos por “homicidio calificado por mediar un contexto de género en calidad de coautores”.