El Concejo municipal avanzó sobre un tema delicado como es el registro de precursores químicos, elementos que pueden derivar del circuito legal al de la fabricación de drogas. La semana pasada aprobó una ordenanza que establece que aquellos comercios que requieran habilitación y utilicen en su proceso este tipo de elementos, deberán notificarlo a la Municipalidad de Rosario, que deberá elevar la información a los organismos nacionales que se encargan del control. La ciudad será pionera en este tipo de controles.

En rigor, se modificó un artículo de una ordenanza 9511/14, y se ordena que si una firma presenta la declaración jurada donde figura la manipulación de precursores químicos en sus instalaciones, el Ejecutivo municipal deberá informar dicha circunstancia en el plazo de 20 días hábiles a la Subsecretaría de Lucha contra el Narcotráfico de la Nación.

Los precursores químicos son sustancias que se utilizan en industrias y comercios de manera lícita, pero que son susceptibles de ser utilizadas ilícitamente para la fabricación de estupefacientes. Los precursores químicos pueden utilizarse tanto para fabricar cocaína como las llamadas drogas sintéticas. “Está comprobado por profesionales la derivación del ámbito legal al ilegal”, apuntó la concejala Carola Nin, autora del proyecto, en diálogo con Rosarioplus.com.

Los reparos del oficialismo local se fundaban en que la Municipalidad de Rosario debería tomar un rol que no le corresponde, ya que es materia federal el control de drogas. Justamente, el concejal oficialista Horacio Ghirardi se mostró desconfiado y había dicho en mayo que “los municipios pueden colaborar desde algún aspecto administrativo, pero el control sobre precursores químicos le corresponde al Sedronar”.

Finalmente esto sucedió, tras negociaciones entre la oposición y el oficialismo que derivaron en la unanimidad de la aprobación. “No le sacamos responsabilidad a Nación y se la damos al municipio, sino que éste ofrece ayuda administrativamente apuntalando los comercios que manejan precursores químicos”, explicó Nin.

La suscripción de la declaración jurada será una condición sine qua non para la prosecución del trámite para obtener la habilitación municipal. Se otorga un plazo de 180 días desde la promulgación de la Ordenanza, para que los comercios o industrias que ya cuenten con la habilitación municipal correspondiente y realicen alguna de las actividades previstas en la normativa respecto de las sustancias controladas suscriban la declaración jurada.