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La costumbre de muchos de lavarse las manos cada cinco minutos con jabón antibacterial parece cerca de pasar a la historia. Es que la Anmat prohibió a través de una resolución el uso de sustancias antibacteriales en productos de aseo personal. Los jabones líquidos, en barra, espumas, geles y todo producto para aplicar en manos o cuerpo diseñados para usarse con agua y enjuague posterior o sin él, que contuvieran esas sustancias deberán desaparecer.

La disposición 13832/2016 prohíbe el uso de ocho sustancias en este tipo de productos y limita la concentración máxima autorizada de triclosán, utilizado normalmente en dentífricos, enjuagues bucales, desodorantes, polvos faciales, cremas correctoras y productos para limpieza de uñas.

Según expresa el organismo, la medida se basa “en datos científicos que indican que la exposición a largo plazo a ciertos ingredientes activos usados en los productos antibacteriales podría presentar riesgos para la salud como la generación de resistencia a antimicrobianos y efectos hormonales”.

Además, detalla que dichos productos están “dirigidos a individuos generalmente sanos en los cuales el riesgo de infección y el alcance de su propagación es relativamente bajo en comparación con el ámbito de la atención de la salud, en el que los pacientes son generalmente más susceptibles a las infecciones y el potencial de propagación de estas es mayor”.

En el documento de la FDA también se establece que no hay ningún estudio clínico que confirme una mayor eficacia de estos productos frente a los tradicionales y no antibacteriales en la prevención de enfermedades o en la reducción del riesgo de infecciones.

La medida dispuesta por la Anmat otorga 24 meses a la industria para adaptarse. Y las sustancias prohibidas en ciertos productos antibacteriales cosméticos son: cloflucarban, fluorosalan, hexylresorcinol, amiltricresoles secundarios, cloruro de metilbencetonio, oxicloroseno de sodio, triclocarban y triclosán.

En esta última sustancia (triclosán) su uso para productos como dentífricos, enjuagues bucales, desodorantes, cremas y otros productos cosméticos, se limitó la concentración máxima autorizada. Y quedó prohibido en aerosoles y demás productos que no sean los explícitamente autorizados.

Una vez cumplidos los dos años que tiene la industria para adaptarse, la Anmat advierte que "no podrán introducirse en el mercado productos que no cumplan de manera integral con la presente normativa".