La tradicional veda electoral comenzará a regir dos días antes de que comiencen las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). De este modo, desde este viernes 10 de septiembre a las 8 de la mañana se inició el período de restricciones, a partir del cual los partidos políticos no podrán efectuar ningún acto de campaña y los ciudadanos deberán abstenerse de realizar algunas actividades. Finaliza el domingo 12 a las 21, tres horas después del cierre de comicios.

¿Cuáles son las actividades prohibidas? Según el artículo 71 del Código Electoral, durante la jornada electoral queda prohibido:

-Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral

-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

-Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales

-La venta de bebidas alcohólicas

- Bares: no hay restricciones de horarios pero deben cumplir con la no venta de alcohol después de 00 del sábado y hasta las 21 del domingo.

-Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral

-Prohibición de portar armas

-Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias