Un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la apelación de Esteban Lindor Alvarado, condenado a 15 años de prisión por narcotráfico y alojado en el penal de Ezeiza, que buscaba desactivar una serie de medidas de restricción. De esta manera, siguen vigentes las disposiciones que incluyen inhibidor de señal, vigilancia durante las 24 horas, requisas sorpresivas en su celda y un celoso control de las visitas.

Estas medidas habían sido impuestas por el Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario tras su intento de fuga en helicóptero durante marzo de 2023. El plan era escaparse en un helicóptero que descendería en el campo de deportes durante el horario de actividades recreativas. Las instrucciones las daba el capo narco a través de un reloj inteligente que estaba enterrado en el patio del penal.

Tras esto el Tribunal ordenó alojar a Alvarado en una celda individual, dispuso realizar requisas sorpresivas en su lugar de alojamiento, la prohibición de las comunicaciones móviles, instalación de inhibidores de señal y un monitoreo constante con cámaras de videovigilancia.

La defensa apeló esas medidas y ante la negativa de la Cámara Federal de Casación Penal recurrió al Máximo Tribunal. Sin embargo, este martes con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema también rechazó el planteo.