La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, consideró que corresponde confirmar el fallo que había hecho lugar a la medida cautelar que suspendió los aumentos en las tarifas de luz. El argumento es la  inexistencia de audiciencias públicas para discutir con la ciudadanía los porcentajes del incremento.

Para Gils Carbó corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había hecho lugar a la medida cautelar que suspendió las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la resolución 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad que aumentaba la luz en la provincia de Buenos Aires.

La Procuradora detalló que se debe prestar especial atención al carácter provisorio de la cautelar, cuyo plazo se limita a tres meses desde su otorgamiento, y a las presentaciones realizadas por otros actores -organismos públicos, asociaciones de consumidores, otras asociaciones y afectados- en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema.

La medida la había solicitado un grupo de diputados provinciales por medio de una acción de amparo con la que buscaban declarar la nulidad de las resoluciones mencionadas. Luego, el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, el Presidente, Vicepresidente y apoderado del Partido Justicialista de esa provincia y el Presidente del Club Social y Deportivo 12 de Octubre se presentaron como terceros y adhirieron a la demanda.

En relación con este punto, a diferencia de lo formulado por la Cámara platense, Gils Carbó le dio parcialmente la razón al Poder Ejecutivo en cuanto a la legitimación de los actores presentados. El tribunal federal había otorgado alcance colectivo a la medida sobre la legitimación del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. Pero la titular del MPF, con apoyo en la doctrina formulada por la Corte Suprema, precisó que ese organismo provincial “carece de legitimación […] dado que se trata de una acción cuyo objeto es controvertir actos del Estado Nacional”.