La Secretaría de Gobierno de Salud autorizó este viernes a todas las entidades de medicina prepaga inscriptas en el registro nacional respectivo, a incrementar el valor de sus servicios en hasta un 7,5 por ciento a partir del 1° de mayo próximo.

El aumento podrá percibirse una vez comunicado a los usuarios con una antelación no inferior a los 30 días corridos. En tanto, el deber de información del aumento se tendrá por cumplido con la notificación incorporada en la factura del mes precedente y/o carta informativa.

Las entidades, en ese sentido, “deberán extremar los recaudos necesarios” para cursar esa notificación de manera fehaciente “a fin de que tengan cabal información de dichos aumentos”, indicó la resolución 592 de la Secretaría.

La medida se publica en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Salud, Adolfo Luis Rubinstein, y recuerda que la cartera es la encargada de fiscalizar y garantizar “la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales de las entidades de medicina prepaga”.

En ese sentido, indicó la norma, la autoridad de aplicación autorizará los aumentos “cuando esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgo”.

La resolución destaca que la Superintendencia de Servicios de Salud “evaluó el incremento de costos del sector” y del análisis realizado “surge que resulta razonable autorizar un aumento general, complementario y acumulativo” sobre el ajuste de 5% aprobado para su aplicación desde febrero pasado.

(Télam)