El juez en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires Víctor Trionfetti ordenó a una obra social garantizar la cobertura integral de aceite de cannabis a una paciente con un cuadro de epilepsia, confirmaron fuentes judiciales.

Trionfetti dispuso que la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) cumpla con la medida cautelar bajo apercibimiento de aplicar una multa de 5 mil pesos a sus autoridades por cada día de demora.

La medida fue tomada ante la demanda iniciada por la madre de B.I. quien, debido a “una grave discapacidad” está comprendida “dentro de las personas que reciben una especial tutela constitucional, convencional y legal”.

La obra social se había negado a brindar esa cobertura y la madre aseguró que carece del dinero para hacer frente a los gastos.

El juez evaluó que, con relación a la “especial patología que afecta a B, la ley 25.404 se ocupa de garantizar a toda persona que padece epilepsia el pleno ejercicio de sus derechos” y ese tipo de paciente “tiene derecho a recibir asistencia médica integral y oportuna”.

Recordó que “en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación se creó el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.

“Cabe estacar –agregó el juez- que la ley 27350 prevé que ‘la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados, cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente”.

(Télam)