El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario implementado para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia de Covid-19.

Para la Justicia, no debe proceder la medida cautelar que presentó el ex jugador de Boca, quien a través de sus defensores, había cuestionado que el impuesto es “confiscatorio”.

Según los abogados del ex futbolista, el impuesto implicaba una “incidencia del 200% de sus rendimientos percibidos durante el 2020”. Consideraron que el tributo “absorbe el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos”.

Pero para el juzgado, el asunto “excede ostensiblemente el instituto cautelar, en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio más profundo del que aquél autoriza y demandan una mayor amplitud de debate y prueba”. 

Además, el fallo contra Tevez añadió: “Ello es así en función de que el planteo efectuado por la actora, y rechazado por la demandada, involucra cuestiones que presentan, en sí, significativa complejidad, requieren de debate, prueba y mayor análisis y, por lo tanto, exceden el acotado marco de conocimiento preliminar de esta medida cautelar solicitada”.