Un juez del fuero de Familia de Rosario otorgó la adopción plena de un niño de tres años a la pareja que lo crió desde que tenía 15 días, a pesar de que el nuevo Código Civil y Comercial prohíbe las entregas directas. Hubo durante la audiencia una escena que fue determinante para la decisión del magistrado Marcelo Molina, autor del comentado fallo. 

En la resolución que trascendió este miércoles en Tribunales, el juez describe la entrevista que mantuvo con el niño, en la que éste permaneció en silencio sentado sobre la falda de su madre adoptiva. Al inicio, su padre adoptivo se encontraba fuera del despacho del juez y cuando entró, el niño que había estado siempre en silencio y un tanto ausente, giró su cabeza y gritó dulcemente la palabra ¡Papá….!. Una irrefutable demostración de a quien el niño siente ya de manera definitiva como su padre.

El cuidado del bebé les fue confiado por la mamá biológica ante funcionarios del hospital donde nació, y contó en su momento con el aval de la Dirección Provincial de Niñez. Pero la normativa de 2015 establece restricciones en las guardas de hecho y exige que los adoptantes estén inscriptos en un registro, algo que no sucedió en este caso.

El juez Molina hizo prevalecer el sentido común en beneficio del niño y consideró probado que se trataba de una relación de amistad y vecindad entre los padres biológicos y la pareja de convivientes, y que la guarda del niño les fue dada en función de esa relación de confianza.