El ex oficial de policía Gustavo Spoleti, ex jefe de Drogas Peligrosas de la Unidad Regional II, fue declarado culpable y condenado a una pena de ejecución condicional más el pago de una multa de 2,6 millones de pesos por falsear una escritura con el fin de justificar la construcción de una casa que excedía las posibilidades de su sueldo de funcionario público. Y como consecuencia de ese delito, se le probó la comisión del delito de lavado de activos de origen ilícito.

Fue el veredicto del juez de primera instancia Pablo Pinto, al homologar el juicio abreviado que acordó el imputado con los fiscales de Delitos Complejos Matías Edery y Luis Schiappa Pietra. La condena consiste en 3 años de prisión de ejecución condicional (no irá preso, como también transitó este proceso en libertad), además de 3 años de inhabilitación y multa de poco más de 2,6 millones de pesos, más el cumplimiento de algunas reglas de conducta de rigor. 

“Falsificación ideológica de instrumento público en calidad de autor, en concurso ideal con Lavado de activos en carácter de co-autor y Encubrimiento agravado por su condición de funcionario público en concurso Delito ideal con Incumplimiento de los deberes de funcionario público, a su vez en concurso real con Incumplimiento de los deberes de funcionario público, en calidad de autor”, es la sarta de términos jurídicos que definen los cargos atribuidos al ex jefe policial, detenido tras detectársele vínculos estrechos con la organización narco de Esteban Lindor Alvarado.

La Dirección de Asuntos Internos de la Policía de Santa Fe había intimado a Spoleti a que explicara de dónde obtuvo el dinero para construir una vivienda en Furlong al 1100 (Mendoza al 8000), al punto de incrementar su patrimonio de manera inexplicable.

Para satisfacer el requerimiento, Spoleti acordó con Jorge Benegas –socio y colaborador de Alvarado en el negocio del transporte de cargas y mercaderías– poner a su nombre una vivienda de Bolivia al 1800 mediante la falsificación de una escritura a la que fechó en febrero de 2012. Pero para entonces, Spoleti tampoco tenía capacidad económica para afrontar la compra de aquel inmueble.

La maniobra continuó con el hecho de alegar que Spoleti había vendido esa propiedad por 82.500 dólares en cuotas de 5500 cada una, y que con eso pudo ir construyendo la casa de calle Furlong.

“Esta operación de fecha anterior a la escrituración, sin constancias documentales que acrediten el pago de dinero en efectivo y con una forma de cancelación que contradice lo mencionado en la escritura, se simuló para intentar dar apariencia lícita al dinero utilizado para la construcción de calle Furlong y así entonces poder superar sin consecuencias sancionatorias administrativas y/o penales las resultas de ésta investigación patrimonial”, estableció el acta acusatoria de los fiscales. 

“De esta forma, la maniobra se construye antedatando y sobrevaluando la venta del inmueble de calle Bolivia al 1800 de Rosario, realizando esto con posterioridad a la compra y a la edificación de la casa ubicada en Furlong para así poder justificar la diferencia patrimonial detectada por Asuntos Internos”, se explicó.

Por otra parte, la acusación incluyó el encubrimiento de Spoleti en favor del comisario Sergio Di Franco para que zafe de la sanción penal en la investigación sobre un caso de gatillo fácil ocurrido en mayo de 2019 en Capitán Bermúdez. Se trató de la persecución y asesinato de Juan Cruz Vitali, un chico que eludió un control de tránsito y fue perseguido hasta ser baleado por la espalda por policías al mando de Di Franco. 

“Estas acciones fueron realizadas por Spoleti utilizando su ascendencia sobre la policía de la Unidad Regional 17”, de San Lorenzo, donde se desempeñaba como autoridad en ese entonces.

Las reglas de conducta a cumplir: a) fijar residencia; b) someterse al control del servicio post penitenciario, presentándose mensualmente ante dicho organismo mientras dure la vigencia de la pena impuesta; c) no cometer nuevos delitos; d) la prohibición de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; e) obtener o acreditar la existencia de un ingreso lícito; f) prohibición de todo tipo de contacto con los co-imputados de la causa.