El Gobierno de Santa Fe remitió a la Legislatura provincial el proyecto de Ley Tributaria 2024, que prevé un aumento del Inmobiliario Urbano y Suburbano del 146,5%, en tanto para el Rural no habrá incrementos para las explotaciones menores a 50 hectáreas y subirá un 74% para los campos de entre 50 y 100 hectáreas.

El proyecto fue enviado luego de una reunión que mantuvieron los ministros de Gobierno, Fabián Bastía, y de Economía, Pablo Olivares, con la Comisión de Análisis Tributario, que reúne a legisladores de ambas cámaras.

El Ejecutivo santafesino destacó que, "a pesar del retraso tarifario en algunos impuestos, se elaboró un nuevo régimen de beneficios para los contribuyentes que se encuentren al día; se mantendrán otros, como la estabilidad fiscal para Pymes santafesinas y se estableció en general un aumento por debajo del índice inflacionario".

En ese sentido, un comunicado indica que "se acordó sostener la estabilidad fiscal para las Pymes santafesinas y no incrementar la carga tributaria sobre las principales actividades productivas de la provincia como el sector agropecuario, la industria, el transporte y el comercio".

Respecto del Inmobiliario Urbano y Suburbano, para quienes estén al día, la ley prevé que la actualización será del 146,5%, que según el Gobierno se mantiene por debajo de la inflación y acorde a los indicadores del aumento general del salario.

También quienes estén al día tendrán el beneficio del descuento del 15% entre las cuotas 1 y 5, y del 100% de la cuota 6, que se suma al descuento del 35% para quienes realicen el pago anual anticipado y un 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.

Para el Inmobiliario Rural, los propietarios de hasta 50 hectáreas que las afecten directamente a la actividad agropecuaria no tendrán incremento, los que tengan entre 50 y 100 hectáreas en esa misma condición será del 74%, mientras que para quienes tengan entre 100 y 200 hectáreas, la actualización será del 103%.

En cuanto a sellos y tasas, continuarán los beneficios de estabilidad fiscal que rige desde 2018, ya que no se prevén incrementos en las alícuotas, y sólo se actualizará el valor absoluto del módulo tributario a 4.20 pesos, "en línea con la evolución interanual del nivel general de precios de la economía".

Al igual que con sellos y tasas, en ingresos brutos seguirán los beneficios de estabilidad fiscal, con reducción de alícuota, según el artículo 25 de la Ley 13.750, y no habrá aumentos de alícuota para las actividades agropecuarias, industriales y comerciales.

Para evitar que las industrias pierdan los beneficios de exenciones y quienes se encuentren en el Régimen Tributario Simplificado para los Pequeños Contribuyentes, tengan incrementos en la carga tributaria o queden excluidos del régimen, se elevan los montos anuales.

Tendrán modificación en sus alícuotas, de diferente magnitud según la actividad, los servicios de comunicaciones, los vinculados con las operaciones financieras y los casinos.

En el caso de las patentes, el tope anual de actualización será del 160 %, excepto vehículos modelo 2023 y 2024, y quedan eximidos del pago los vehículos eléctricos y con tecnologías de energías alternativas correspondientes al período fiscal 2024.

Al igual que el régimen de Impuesto Inmobiliario se establecen los beneficios del 35% de descuento por pago anual anticipado, y del 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.

(Télam)