Obligatorio: en Rosario no se podrá salir a la calle sin tapabocas
La Municipalidad dispuso el uso obligatorio de cubreboca para circular en vía pública, medida que se suma a lo que ya regía para el uso del transporte de pasajeros y para acceder o permanecer en dependencias de atención al público, locales comerciales o cualquier ámbito donde se desarrollen actividades exceptuadas.
La medida fue establecida a través del Decreto 606 firmado por el intendente Pablo Javkin, y exceptúa de tal obligación a menores de dos años, personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo trastorno del espectro autista.
La norma también ratifica en un apartado específico la expresa prohibición de acceso y permanencia en el transporte público y los ámbitos comerciales y de atención al público antes mencionados para todo aquel que no cuente con el denominado cubreboca.
La disposición amplía la obligatoriedad del cubreboca como complemento de las medidas de distanciamiento social establecida oportunamente a través del Decreto 484 del 15 de abril, cuando aquella fase de la cuarentena exceptuaba escasos rubros de actividad y el uso del elemento de protección en vía pública estaba normado en carácter de recomendación.
En este sentido, la reapertura de múltiples rubros ahora exceptuados del aislamiento social y obligatorio conlleva un considerable incremento de la circulación en el ámbito de la ciudad, por lo que "resulta necesaria en consecuencia la previsión de mayores cuidados preventivos ante estas circunstancias".
Cabe recordar además que tal como lo solicitara el Ejecutivo municipal, el Concejo aprobó recientemente una actualización de multas económicas para quienes incumplan estas disposiciones en el marco de la pandemia, estableciéndose penas de hasta 72 mil pesos.
La medida se dispuso en razón de que el Código de Faltas había quedado notoriamente desactualizado frente a la exigencia de medidas preventivas que impone la emergencia sanitaria.