El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, anunció la prorroga hasta el 5 de octubre del plazo para que los monotributistas se recategoricen. El vencimiento estaba previsto para este miércoles

Al momento, concretaron el trámite 1.261.000 monotributistas sobre un total estimado de 3,2 millones, de los cuales 835.000 mantuvieron la categoría y 426.000 la cambiaron debido al nivel de facturación.

 

Con el nuevo plazo, luego del 5 de octubre la AFIP recategorizará de oficio a los contribuyentes inscriptos en los que observe inconsistencias entre la facturación declarada y el límite de la categoría a la que pertenecen o entre lo facturado y el nivel de gastos del contribuyente.

Asimismo, los contribuyentes que deben reconfirmar la categoría tendrán plazos escalonados para hacerlo.

En tanto, en el portal Monotributo, en el servicio Mi categoría - Recategorización, se encuentran los datos que el organismo conoce sobre ingresos y gastos de los contribuyentes, bajo el título “Esto es lo que sabemos de vos.”

Incluye facturas electrónicas realizadas y recibidas, cuotas de monotributo pagadas y gastos con tarjeta de débito y crédito, en el período septiembre 2016/agosto 2017.

A su vez, la web también cuenta con los datos de la categoría de la última declaración, y las opciones para confirmar o no la categoría, o si el contribuyente rechaza recategorizarse.

Los consumos que resulten de las facturas por compras y los gastos con tarjeta serán tenidos en cuenta por la AFIP para establecer el nivel real de ingresos, sumándole 20%, a los prestadores de servicio y 30% a los que venden bienes.

Si esa cifra supera la facturación de la categoría, la AFIP recategorizará al monotributista en lugar superior de la escala o para excluirlo del Régimen Simplificado. Cualquiera de estas dos decisiones será publicada el 1 de octubre en el Boletín Oficial y notificada electrónicamente.

En caso de resultar recategorizado de oficio o excluido, el monotributista podrá consultar los fundamentos de la decisión de la AFIP, ingresando al sitio denominado Monotributo -Recategorización de Oficio. También aparecerá en la WEB la opción para presentar un recurso de apelación de la medida.

Además, desde el 1 de octubre, el monotributista deberá estar obligatoriamente adherido al domicilio electrónico que se revisa los martes y los viernes para ver si hay novedades.

(Télam)