La familia de Natalia Acosta, una mujer que fue vista por última vez el 29 de mayo de 2009 y que se acreditó que fue víctima de trata de personas, aguarda que la Justicia Federal de Santa Fe fije el monto que les corresponde como indemnización por ser víctimas indirectas del delito por abandono de la causa desde el Estado.

Acosta desapareció mientras estaba en la esquina de 25 de Mayo y Suipacha, en el centro de la ciudad de Santa Fe, y según la Justicia de segunda instancia quedó acreditado que fue víctima del delito de trata. Cumplidos 13 años de su desaparición el domingo, su padre y una hermana siguen buscando a Natalia pero además esperan que el Juzgado Federal 2 de Santa Fe fije el monto de la indemnización que debe afrontar el Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata, de reciente creación.

Fuentes judiciales informaron a Télam que el juez que tuvo a cargo la causa, Francisco Miño, renunció a su cargo el 26 de febrero de 2020, tras lo cual fue subrogado hasta finales de marzo por el juez federal de Rosario, Marcelo Bailaque. Este último fue luego reemplazado por el titular del Juzgado Federal 2 de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, quien concluirá su subrogancia dentro de una semana.

El 18 de junio de 2021, el juez reconoció que la investigación estuvo sesgada de estereotipos y que se violó la obligación de debida diligencia reforzada, por lo que acudió al Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. De esa forma, con recursos del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata – Ley 26.364-, se debería cubrir esa situación de forma prioritaria.

En marzo, Rodríguez y Rosatti pidieron al juez que fije el monto de la reparación, invocando antecedentes ante casos de graves violaciones de derechos, y reclamaron tener en cuenta el carácter excepcionalmente grave de la desaparición y la responsabilidad del Estado por violación a la obligación de actuar con la debida diligencia.

El pedido ante la Justicia fue realizado el 28 de marzo pasado por Ariel, padre de Natalia, y Carmela, su hermana, en base a que la reparación es un derecho que reconoce la legislación nacional e internacional a las víctimas de trata.

Dado que la víctima directa no podrá reclamar esos derechos, el Juzgado dispuso que el ejercicio de los mismos recaiga en sus familiares, víctimas indirectas. Los familiares de Natalia fueron representados en la última etapa del proceso por la titular del Programa de Asesoramiento y Promoción de Derechos de las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación, Marcela Virginia Rodríguez y por el defensor coadyuvante Mariano Rosatti.

Los querellantes fueron en principio los padres de Natalia, pero tras la muerte de su madre, Rodríguez y Rosatti solicitaron que Carmela Acosta sea incorporada como víctima indirecta por los daños sufridos ante la desaparición de su hermana y el largo derrotero que recorrió para averiguar lo ocurrido.

La historia de Natalia

Natalia Acosta fue vista por última vez en la madrugada del 29 de mayo del 2009 en la esquina de 25 de Mayo y Suipacha, donde ejercía la prostitución. El principal acusado por su desaparición fue Osvaldo Cerri, quien fue procesado por considerar que había sido quien la captó para introducirla en una red de trata, pero murió en abril de 2019 mientras cumplía prisión preventiva en la cárcel de Las Flores, tras lo cual la Justicia Federal dispuso la extinción de la acción penal.

La Justicia reconoció que el Estado violó el deber de debida diligencia reforzada emanado del artículo 7 de la Convención de Belém Do Pará; que se pudo constatar la pasividad del Estado en la búsqueda de la desaparecida, y que ello se debía a un accionar estatal sesgado por estereotipos de género.

También determinó que sea ordenada la reparación que corresponda a las víctimas del delito, tras lo cual Rodríguez y Rosatti requirieron que el juez determine el monto de la reparación según los parámetros establecidos en los antecedentes de políticas de reparación invocados.