Este lunes entró en vigencia un nuevo reglamento que habilita a los miembros de las fuerzas federales de seguridad a disparar contra quien “se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves” o "para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad" .

La resolución 956/2018 publicada en el Boletín Oficial, firmada el 27 de noviembre por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y con una extensión de apenas tres páginas y cinco artículos, dispone que en cumplimiento de su deber los agentes podrán utilizar armas de fuego "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos".

Asimismo, señala que el uso de armas es válido en "defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves" o "para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas".

La normativa considera "peligro inminente" cuando "se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas", o en caso de que "el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal".

Lo misma se aplicará "cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal". En este último caso "cuando integrase un grupo de dos o más personas y otro miembro del grupo posea un arma o haya efectuado disparos, o haya lesionado a terceras personas".

A su vez, cuando el sospechoso "trate de acceder a un arma en circunstancias que indiquen la intención de utilizarla contra el agente o contra terceros" o en caso de que "efectuase movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma".

La resolución establece además que ante el necesario empleo de armas, los agentes "deberán identificarse como tales, intimando de viva voz a cesar la actividad ilícita" salvo "en aquellas situaciones donde dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas".

Tampoco es obligatoria la identificación como agente federal "cuando se pusiera indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil".

En tanto, la resolución alcanza a la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria, todas bajo jurisdicción del Ministerio de Seguridad.