La despenalización del aborto está a un paso de convertirse en ley. De sortear la votación en el Congreso, la normativa habilitará dentro del marco de la legalidad una práctica médica que hoy está penada y castigada.

Son muchos los interrogantes que asoman en cuanto a los pormenores de la reglamentación, entre ellos saber qué pasará con aquellos médicos que hoy no participan de las interrupciones legales del embarazo por contradecir sus “principios morales”.

En principio, no habrá grandes modificaciones respecto al panorama actual. El proyecto de ley señala que el o la profesional de la salud que deba intervenir en el aborto "tiene la obligación de garantizar el acceso a la práctica y no puede negarse a su realización".

No obstante una aclaración: podrá eximirse de esta obligación cuando haya “manifestado su objeción previamente”, de manera individual y por escrito, habiéndola comunicado a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece.

La objeción de conciencia no figuraba en el borrador inicial del proyecto impulsado por La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito. Se agregó en las jornadas de debate para sumar más adhesiones.

Fueron los legisladores oficialistas (Cambiemos) los que exigieron que se contemple. Es más, el gobierno presentó el año pasado un proyecto para ampliar esta facultad a nuevos ámbitos, no solo al de la salud. Se leyó como un “guiño” a la Iglesia para calmar los enojos por el aval de la Casa Rosada a discutir la despenalización del aborto.

El texto habilitaba a toda persona a “invocar un deber religioso relevante o una convicción religiosa o moral sustancial como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica". La iniciativa, sin embargo, naufragó.

"Con este criterio sobre la objeción de conciencia, un docente podría negarse a impartir clases sobre educación sexual, o un funcionario público podría negarse a casar a un matrimonio entre parejas del mismo sexo alegando principios morales y religiosos", plantearon los legisladores más críticos.

En lo que respecta a la medicina, el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo que publicó el Ministerio de Salud de la Nación en 2015 tiene "carácter obligatorio en todo el territorio nacional y en centros sanitarios públicos y privados". 

Se respeta el derecho de los profesionales de la salud a objetar ante ciertas prácticas. Pero señala que las instituciones "que no cuenten con el personal ni el equipamiento adecuados" para realizar los abortos, deben "garantizarlos de cualquier forma". Es decir, que los médicos pueden ser objetores de conciencia, pero la institución no.

En muchos distritos, sobre todo en aquellos en los que no funcionan protocolos para cumplir los casos contemplados por la ley (no es el caso de Santa Fe), muchos médicos usan la figura de objeción de conciencia para protegerse de posibles conflicto judiciales.

“Tenemos que respetar la objeción de conciencia como un derecho constitucional, pero dejar en claro que no puede implicar el no cumplimiento de la ley. Una cosa es el derecho individual y otra es garantizar las normas. En ese equilibrio debe ir la redacción de un artículo al respecto”, explicó semanas atrás la diputada Brenda Austin (Cambiemos).

Y adelantó: “Creemos que la modificación de la ley va atraer mayor aceptación, menos persecución y menor margen para que actores externos modifiquen las decisiones”.

La situación en Santa Fe

La provincia cuenta con un Registro de Objetores de Conciencia que se elaboró en 2014. La nómina, según pudo averiguar Rosarioplus.com, no sufrió muchos cambios desde aquel entonces.

Son 137 los médicos que están eximidos de realizar determinadas prácticas, en su mayoría interrupciones de embarazos. Los inscriptos en el Nodo Rosario son 73.

En verdad, fueron más de 400 las peticiones para integrar esta lista, pero más del 60% de las solicitudes fueron rechazadas por “no cumplir requisitos mínimos”.

“Estos casos fueron por mala interpretación de la normativa, por ejemplo no querer suministrar las pastillas del día después por considerarla abortiva, cuando se sabe que esto no es así; o por datos incompletos en los formularios”, explicó Oraldo Llanos, al frente de la Dirección Provincial de Políticas de Géneros e Interculturalidad en Salud.

El funcionario aclaró que en todos los efectores de la provincia “hay equipos médicos completos para garantizar la atención de todos los pacientes”. “Los objetores están bien distribuidos para no interferir con ninguna atención”, detalló.

Llanos se mostró entusiasmado con la posibilidad de que la nueva ley “clarifique los alcances de la objeción de conciencia”. “Hoy en muchos casos parece ser una objeción de prácticas, más que de conciencia. Es un tema espinoso que necesita de más claridad”, concluyó.