Parece ser el fin de una época para dejar de criminalizar pacientes y cultivadores solidarios de cannabis medicinal. Al menos es un gran paso: el Gobierno autorizó en el Boletín Oficial el autocultivo controlado de cannabis medicinal, el acceso de sus aceites en farmacias autorizadas.

Se trata de una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que "impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos", busca asegurar "el acceso a las terapias", incluso a través del "autocultivo o el cultivo solidario".

La norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" ese acceso. También, se le otorga al médico "un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes" y se contempla la provisión "en forma gratuita por parte del Estado" de derivados de la planta a quienes tengan "indicación médica".

Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario, firmado por el presidente Alberto Fernández, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.

Asimismo, "se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica".

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular "las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento".

Además, se crea el "Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales" en el marco del Ministerio de Salud.