Los jueces de la Cámara Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, Eugenia Chapero, Santiago Dalla Fontana y Aldo Casella Lanteri consideraron que la ley provincial de descanso dominical (nº 13.441) y las ordenanzas municipales de las ciudades de Reconquista y Avellaneda que formalizaron la adhesión de esos distritos y su vigencia son normas inconstitucionales. El fallo fue recibido con satisfacción por las empresas demandantes Castets y Tanino, Marcelo René Foschiatti y Supermercado Reconquista. No tiene aplicación en el resto de la provincia, pero en Tribunales descuentan que el veredicto sienta un precedente que pondrá a trabajar a los abogados del resto de los supermercados.

El fallo, que es de 2° instancia de las tres causas unificadas, sienta un importante precedente como jurisprudencia en el resto de la provincia ya que hay otras presentaciones judiciales por el mismo motivo en toda la provincia. 

El giro de los jueces se dio debido a que las empresas demandantes dieron curso a una acción de amparo presentada contra la Municipalidad de Reconquista y contra la Municipalidad de Avellaneda. La resolución no se encuentra firme, y puede ser recurrida por las partes en litigio.

La ley provincial de descanso dominical fue remitida por el Ejecutivo provincial y aprobada por Legislatura a fines de 2014. Su texto exige que para que entre en vigencia cada concejo municipal debe sancionar una ordenanza de adhesión local a la ley provincial. La norma obliga a los comercios de más de 1.200 metros cuadrados de superficie a cerrar los días domingos para otorgar el descanso dominical a su personal. Tal ha sido la lucha de los distintos sindicatos de empleados de comercio en la provincia.