El Concejo aprobó la paridad de género en la recolección de residuos
La ordenanza establece que las vacantes se cubran en proporción igualitaria entre hombres y mujeres. Se aplicará para la Secretaría de Ambiente y para el servicio de recolección Sumar
El Concejo Municipal aprobó una ordenanza para crear el sistema de paridad progresiva en la prestación de servicios de higiene urbana. Regirá tanto para la Secretaría de Ambiente y Espacio Público como para el ente autárquico Servicio Urbano de Mantenimiento Ambiental Rosario (Sumar).
El objetivo es lograr una gradual incorporación de mujeres en el plantel permanente del personal de la conducción de camiones de recolección de residuos, como también del personal operativo que se ocupa de los servicios de higiene urbana.
De esta manera, se establece que en los pliegos licitatorios para contrataciones de servicios de higiene urbana, el Ejecutivo deberá incorporar una cláusula que prevea un piso porcentual no menor al 5% de mujeres en la prestación operativa durante el transcurso de la concesión.
Además, durante la vigencia del contrato, la empresa licitataria tiene la obligación de cubrir las vacantes que se produzcan con una proporción igualitaria de 50% entre mujeres y varones, siempre en atención a los criterios de idoneidad para el desempeño del cargo, apunta el texto de la iniciativa impulsada por la concejala Fernanda Gigliani (Iniciativa Popular).
Por otra parte, en caso de que el número de vacantes disponibles resulte impar, se deberá comenzar siempre por incorporar primero a una mujer y luego a un varón y así sucesivamente. En los pliegos se deben fijar penalidades por incumplimientos de esta obligación.
Para el caso específico del ente Sumar, la ordenanza establece que las vacantes que se produzcan en los puestos de conducción de vehículos y recolección de residuos, deberán cubrirse de manera que se asegure la incorporación igualitaria de mujeres y varones, es decir en proporción 50% y 50%.
Aplica también el criterio de que si el número de vacantes disponibles resulte impar, se deberá comenzar siempre por incorporar primero a una mujer y luego a un varón y así sucesivamente.
Por último, la ordenanza detalla que será obligación del Departamento Ejecutivo Municipal remitir al Concejo Municipal en forma semestral un informe acerca de su implementación su evolución y la aplicación.