Un proyecto de ordenanza será tratado este martes en la Comisión de Gobierno en busca de poner algunas herramientas de control sobre uno de los eslabones clave de la cadena delictiva de los metales y cables que acecha en aumento en los barrios de la ciudad. A delitos cada vez más creativos, el Estado debe responder con creatividad mayor.

Es noticia de cada semana el robo de picaportes, líneas de fibra óptica y cables de todo tipo de servicios, medidores de agua, placas de cobre, aluminio o bronce en los cementerios. Y si esto ocurre con asiduidad, es porque en la cadena comercial hay demanda que estimula el delito predatorio. Así lo entendieron lo concejales Miguel Ángel Tessandori y Valeria Schvartz, quienes promovieron desde su bloque, con la adhesión del edil Marcelo Megna, una propuesta para que el municipio tenga parámetros concretos de control sobre chatarrerías.

Esta propuesta establece “obligaciones para compradores de metales no ferrosos” como exigir al vendedor de estos materiales una identificación legal si realiza operaciones de montos de envergadura, o si se trata de materiales de servicios públicos, y mostrar documentación que acredite cómo fue adquirido; bancarización cuando se trata de operaciones de más de 90 mil pesos; un embargo de tres días de los materiales adquiridos para ser controlados por una autoridad; y el registro de dominio del vehículo en que se trajo el material en cuestión, entre otras obligaciones.

Tessandori explicó a Rosarioplus.com que “es necesario identificar a los vendedores con un registro, que se exija por ejemplo bancarizar las compras de montos muy elevados. Entendemos que es un proyecto de complejidad para su cumplimiento, pero el planteo es que el Municipio plantee denuncias penales y que clausure chatarrerías que estén en el delito”.

La idea es evitar la venta indiscriminada que existe en este rubro, ir por la cadena productiva porque este negocio al no ser regulado se le va de las manos al Estado, y si se controla, se evita ese delito. “Si no se toman medidas para identificar a quienes operan, es una ineficiencia desde el Estado a considerar”, lanzó el edil de Volver a Rosario.

La idea surgió a partir de que “vecinos de diversos barrios llevaron el problema al Concejo, al observar no solo la cantidad de robos que los aqueja sino la dificultad que tienen de que estos servicios robados o dañados se vuelvan a reponer”.

Robo de cables y metales: el Concejo pone el ojo en las chatarrerías

El proyecto ingresó al Concejo el pasado 5 de abril, y Tessandori adelantó que si bien él no participa en la Comisión de Gobierno, se encargará de instar a los ediles que lo están para que avance su tratamiento y llegue sobre tablas para su posterior ejecución municipal.

Consultado sobre qué área municipal tendrá la competencia, Tessandori aclaró que “es una herramienta para que el Ejecutivo tome la decisión de qué forma llevarlo a cabo, pero lo seguro es que la información recabada se deberá elevar al Ministerio de Seguridad y al Ministerio Público de la Acusación para su persecución penal”.

Textuales del proyecto

"Establézcanse las siguientes obligaciones para quienes adquieran y/o reciban metales no ferrosos, por parte de recolectores y recicladores:

a)      Deberán identificar a los vendedores de dichos materiales mediante el registro de documento que acredite identidad o personería en caso de personas jurídicas, resguardando copia de la documentación, para las siguientes operaciones:

1. operaciones mayores a treinta (30) mil pesos, cualquiera sea su naturaleza

2. operaciones relacionadas con cables de servicios públicos tales como telefonía o iluminación. En estos casos deberá demostrarse adicionalmente el origen lícito de los mismos. Esta obligación será salvada en caso de que los vendedores sean empresas constructoras o de demolición

3. operaciones que involucren materiales como placas de bronce, cruces o elementos religiosos, flexibles de cobre de los medidores domiciliarios de agua, placas de porteros eléctricos.

 b) Para operaciones mayores a noventa (90) mil pesos las operaciones deberán ser bancarizadas.

 c) Los materiales adquiridos deberán permanecer en guarda por un mínimo de 3 días, a disposición de las fuerzas de seguridad y las autoridades judiciales que las requieran para su control.

 d) En todos los casos se deberán registrar los datos de dominio del vehículo en el que se transportó el material de venta.

 e) La documentación identificatoria solicitada en la presente ordenanza, deberá permanecer en guarda del establecimiento comprador durante el periodo de 2 años.

Los sujetos obligados deberán informar a las fuerzas de seguridad provinciales y al Ministerio Publico de la Acusación, mediante el procedimiento que el D.E.M. establezca, todas las operaciones estipuladas en el artículo 2º de la presente.

El incumplimiento de las obligaciones impuestas por la presente ordenanza provocarán la clausura del establecimiento, sin perjuicio de las denuncias penales si correspondieren".