El nuevo Código de Convivencia, aprobado en noviembre de 2021 por el Concejo Municipal, ya entró en vigencia. Se incorporaron nuevas faltas, como el acoso callejero, y herramientas de control y juzgamiento, como el juicio por jurados. La ciudad no actualizaba su normativa desde 1981. 

El objetivo del nuevo Código es unificar y ordenar la reglamentación vigente y disponer nuevos mecanismos de control y juzgamiento, haciendo uso de las nuevas tecnologías, e implementar nuevas medidas que prioricen la prevención y reparación del daño por sobre la sanción. En tanto, suma nuevos temas de interés acordes a los tiempos que corren, como medioambiente, género, inclusión, patrimonio urbano, protección de animales y seguridad vial.

Nuevas faltas

El artículo 143 suma al acoso callejero como una falta, contemplando como tal “a las agresiones físicas, verbales y/o gestuales de contenido obsceno contra quien no consiente dichas acciones”, y las sanciona con multas de hasta 375 UF ($50.000) y realización de actividades educativas y concientizadoras propuestas por la Secretaría de Género y Derechos Humanos. El mismo puede ser denunciado a través de la web del municipio (rosario.gob.ar), el 147 o en los Centros Municipales de Distrito.

En materia de maltrato animal, se ordenaron las normas antiguamente sancionadas, considerando al animal como sujeto de derechos y quien lo maltrate como causante de una falta grave, penada con multas de hasta $200.000 y tareas de concientización.

El nuevo código establece también una escala de multas según el nivel de daño del arbolado público, de la especie y de la edad del ejemplar afectado, con sanciones de hasta $318.000, y pena la contaminación ambiental de empresas con multas de hasta $450.000 y clausuras por 180 días, todas medidas que buscan fomentar el cuidado del medioambiente.

El texto aprobado incorpora como novedad un nuevo capítulo completo para abordar las violaciones a las normas urbanísticas, como por ejemplo construir un edificio de mayor altura a la permitida (con sanciones de hasta 600 UF -$80.000- por m2 de más) o la demolición de un inmueble de valor patrimonial (con sanciones de hasta 100.000 UF -$13.250.000-).

Otro caso destacado es la vandalización de espacios públicos y mobiliario urbano, las cuales si bien contemplan multas económicas fuertes, también incorporan el concepto de remediación, el cual le permite al Estado exigir la restitución del daño ocasionado o el cargo al infractor.

Nuevas figuras y herramientas 

Una de las herramientas más innovadoras es la creación de Jurados Vecinales para la realización de Juicios por Jurado, cuando la gravedad de la causa lo amerite y a petición del Procurador Fiscal. Cuando se trate de faltas que por su magnitud, naturaleza, circunstancias de hecho, lugar, cantidad de partícipes y/o trascendencia, hayan generado o generen intranquilidad, malestar o conmoción en un sector o sectores de la sociedad. Ya se encuentra abierto el registro en rosario.gob.ar para quienes quieran ser parte y se estipula que durante el próximo año, si alguna situación lo amerita, podrán iniciarse.

El Nuevo Código de Convivencia plantea otra organización de la justicia administrativa de faltas, incorporando la figura del Procurador Fiscal, quien es el responsable de diseñar y fijar la política contravencional en materia de prevención y sanción y del funcionamiento de la Fiscalía de Faltas. Es además quien definirá qué casos serán juzgados por Jurado Vecinal. En tanto, también se incorpora la figura del Administrador General de la Justicia de Faltas, quien tiene a su cargo la justicia administrativa de faltas, coordina el trabajo de los jueces de faltas unificando criterios y es quien definirá la conformación del Jurado Vecinal.

Otro de los puntos novedosos del código es la incorporación de la “Remediación”, la cual implica la posibilidad de exigirle a los infractores la reparación del daño ocasionado, más allá de la sanción económica, o en casos en que dichas tareas las realice el municipio, el cargo a costo del infractor. En esa misma línea, también se suma la posibilidad de sancionar a los padres y/o tutores por las faltas cometidas por los menores a cargo y estipula la posibilidad de realizar acciones reparatorias, arreglos y/o limpieza del espacio público para los mayores de 15 años.

Entre las herramientas a incorporar, se suma la posibilidad de realizar una denuncia que inicie un proceso contravencional desde rosario.gob.ar. Estas denuncias podrán incorporar material fotográfico como prueba o testigos de un hecho determinado. Vale aclarar que esta vía necesita de una validación de identidad, responsabilidad civil, etc. En caso de reclamos urgentes, el teléfono para dichas situaciones sigue siendo el 147, el cual atiende las 24 hs.

Esta herramienta ya está disponible en la web del municipio para casos de acoso callejero, discriminación y faltas de estacionamiento indebido (estacionar sobre veredas, rampas de discapacitados, etc). A partir de octubre se incorporará la posibilidad de denunciar casos de vandalismo y uso abusivo del espacio público, y a partir de noviembre casos de contaminación ambiental, daño al arbolado e higiene urbana.

Además, se amplía la posibilidad de pagos voluntarios con la agilidad del sistema digital (que hasta entonces se reservaba sólo para las infracciones de tránsito). Esto permite que faltas menores, de comercios, urbanísticas, etc, tengan la posibilidad de resolver dicho trámite de forma online, sin la necesidad de presentarse en el juzgado de faltas. Esto estará disponible en rosario.gob.ar a partir de septiembre.

En simultáneo con esto, se crea la nueva justicia digital, la cual permite notificar fehacientemente a un infractor de manera electrónica; el mismo tiene la posibilidad de realizar un pago voluntario o un descargo de forma íntegramente online, y el juez de faltas puede juzgar este proceso de forma remota. De esta manera, muchos procesos simples no necesitarán ninguna etapa presencial como ocurría hasta el momento.

Por último, vale remarcar que en el nuevo código, todas las sanciones económicas se establecen en Unidades Fijas -UF- vinculadas al precio vigente de la nafta súper, permitiendo así que los montos no queden desactualizados y evitando que muchas veces sea más conveniente económicamente afrontar una multa que cumplir con la norma. 

Desde 1981, la ciudad no actualizaba su normativa; se habían incorporado y modificado distintos artículos, pero no hacían a una normativa unificada. Es por ello que a partir de un proceso participativo que se inició en 2014, se fueron recolectando distintos aportes de instituciones, sectores productivos, entidades de bien público, consejos barriales y redes de vecinos, entre otros. Todo ello permitió, en marzo del 2021, el envío de este nuevo código. Luego de trabajarlo durante todo el año, el Concejo Municipal lo aprobó en noviembre de ese mismo año por unanimidad, y después de los 180 días hábiles que se estipulaban, el intendente Pablo Javkin firmó su reglamentación y entrada en vigencia.