En la sesión de este jueves finalmente el Concejo Municipal, aprobó el proyecto de ampliación del Fisherton Plaza Open Mall, paseo comercial denunciado ante la justicia por la contaminación del arroyo Ludueña. Desde el peronismo y Ciudad Futura se opusieron y votaron en contra. 

El paseo comercial debe cumplir el fallo judicial que ordena a la empresa una adecuación de los residuos cloacales vertidos en el arroyo. “No estamos en contra del emprendimiento, pero sí que éste funcione sin un certificado de aptitud ambiental que otorga la provincia y con una habilitación precaria, que prevé la conexión a la red cloacal, porque no tiene las condiciones para el tratamiento de los afluentes cloacales, ni la infraestructura para su desagote”, sostuvo la Concejala Luz Ferradas.

Esta situación sucede desde la inauguración  de este paseo comercial  en 2015 que, al no tener las condiciones sanitarias necesarias, hicieron  un pozo ciego para extraer la materia fecal con camiones atmosféricos, lo que contaminó las napas y el arroyo. El fallo que avanza por vía administrativa prueba la contaminación y le exige acciones de reparación a la empresa que todavía no están regularizadas.

“Este es un mal que se le está haciendo sobre todo a los rosarinos y rosarinas. Antes de darle más permisos, tenemos que solucionar el tema de los desechos que se están arrojando al arroyo. Además, es una hipocresía que muchas y muchos concejales que se embanderan en la lucha por los humedales, tengan pedidos de informes sobre la contaminación y aún así dan nuevos indicadores a un grupo empresario para que agrande su negocio, aunque esté probado que contamina”, agregó.

La paradoja es que en la misma sesión en la que se aprobaron los nuevos permisos, también se aprobó un proyecto del Bloque Ciudad Futura que solicita al  Ejecutivo Municipal que se instruya al Tribunal Municipal de Faltas a establecer las sanciones administrativas que resulten pertinentes a “Fisherton Plaza Open Mall”, a raíz  de las infracciones ambientales constatadas en la sentencia dictada en autos “FISCALÍA EXTRAPENAL contra RUSITANO S.A. sobre AMPARO”, CUIJ 21-02954378-7 por parte del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 7ma. Nominación de Rosario.