Los legisladores de la Cámara de Diputados de Santa Fe aprobaron, por unanimidad y sobre tablas, un proyecto para que el Poder Judicial, mediante el dictado de una sentencia definitiva, declare la constitucionalidad de la ley provincial Nº 13.441 y la ordenanza municipal Nº 9516, de la ciudad de Rosario. Ambas apuntan al descanso dominical de los empleados de los grandes supermercados. 

La propuesta de Diputados es que la justicia actúe en cada uno de los amparos presentados por las cadenas de supermercados Coto, Carrefour y Jumbo, por “la inequidad que se ha registrado” a partir de dichas presentaciones.

La iniciativa fue presentada por los legisladores socialistas Inés Bertero, Clara García, María Cecilia Ayala, Rubén Galassi, Omar Martínez, Eduardo Di Pollina y Julio Garibaldi y, además, expresan que el pedido lo hacen “con la finalidad de garantizar el derecho tutelado por esas normas y colocar en pie de igualdad tanto a trabajadores como negocios del rubro de la ciudad de Rosario con los amparistas y sus empleados”.

En el escrito de los legisladores provinciales se expresa que “contra esa normativa (la del descanso dominical) se alzaron, únicamente, las grandes cadenas nacionales e internacionales supermercadistas Coto, Carrefour y Jumbo, que mediante la vía del amparo solicitaron su declaración de inconstitucionalidad.

Además, recuerdan los diputados que, “mientras el planteo efectuado fue rechazado en primera instancia, a fines de diciembre del año pasado con la feria judicial en puertas, la Sala Civil Tercera Integrada de la Cámara de Apelación de Rosario, en un fallo dividido”, hizo lugar a lo peticionado por esas cadenas de supermercados, y “declaró tanto la Ley como la Ordenanza inconstitucionales”.

“Ahora bien –señalan luego-, tanto la Provincia de Santa Fe como la Municipalidad de Rosario y la Asociación Empleados de Comercio han recurrido esa sentencia para que la Corte Suprema de Justicia se expida sobre la cuestión. Pero hasta tanto la Cámara de Apelaciones no declare admisible el recurso, la resolución no tiene efecto suspensivo y, por tanto, “los amparistas pueden abrir sus locales comerciales, lo que han venido haciendo desde enero de este año.