Al igual que el proyecto de ley presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito que obtuvo media sanción en 2018, el texto enviado este martes por el Ejecutivo garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14 inclusive.

Fuera de este plazo se contemplará sólo si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente; en los casos de niñas menores de 13 años, la declaración jurada no será requerida; si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

En tanto, establece que se debe garantizar el acceso a la IVE en un plazo máximo de 10 días. Como así también el trato digno, sin violencia, la privacidad y la confidencialidad del paciente. Se le deberá proteger de injerencias de terceros, respetar su autonomía, la calidad en la atención pública y acceso a la información. Abarca métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la práctica. 

Niñas y adolescentes

En el caso de las menores de 13 años, se requerirá "su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal". En el caso de las menores de entre 13 y 16 años, el texto establece que "si no corriese riesgo su vida se les considera aptos y con madurez suficiente para decidir sobre la práctica".

Objeción de conciencia

Por otro lado, el proyecto menciona que el personal de salud no podrá negarse a la realización del proceso si existiere riesgo de vida o salud de la persona gestante y no podrá negarse a dar atención post aborto. En este sentido, detalla que el incumplimiento dará lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.

Sin embargo, establece que el personal de salud "tiene derecho" a mantener su decisión en todos los ámbitos en que ejerza su profesión; derivar "de buena fe" a la paciente para que sea atendida por otro profesional "sin dilaciones"; adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica y cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.

Programa Médico Obligatorio (PMO)

El texto establece que las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deberán cubrir el proceso de forma integral junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo. Es decir, deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria.

Despenalización

Finalmente, el proyecto determina una sustitución del artículo 86 del Código Penal y establece que “no es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional”.