Los santafesinos que no se presentaron a votar este domingo, en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), tendrán que justificar su ausencia en la Justicia Electoral. En caso de no hacerlo en los 60 días posteriores a las elecciones, deberán abonar una multa de entre 50 a 500 pesos.

Según la Constitución Nacional Argentina, no votar es considerado como una falta electoral y pasible de sanciones y multas. La Justicia Nacional Electoral emitió un instructivo para la justificación de la no emisión del sufragio.

El trámite para justificar el no voto se debe realizar en la Secretaría Electoral correspondiente a su último domicilio, o en la Cámara Nacional Electoral de lunes a viernes, de 7.30 a 13.30, con DNI y el comprobante/certificado.

Luego de realizada la justificación se le entregará una "constancia de no emisión del voto" que bastará para no figurar en el Registro de Infractores al deber de votar.

De no ser abonada la multa, los infractores serán sancionados con la imposibilidad de realizar gestiones o trámites ante organismos estatales, provinciales o municipales durante el lapso de un año.