En los próximos días la AFIP deberá difundir los nuevos valores que regirán para el Monotributo a partir del primer día de 2020 con un incremento del 51,1%.

Así los topes para permanecer en el régimen del Monotributo pasarán de $1.151.066 a $1.739.261 para el caso de quienes presten servicios, y de $1.726.599 a $2.608.892 para quienes realicen ventas de mercaderías o cosas muebles.

En el otro extremo, por la actualización que se aplicará la categoría "A" (la más baja) admitirá el año próximo a quienes facturen no más de $208.711 en doce meses ($17.400 mensuales), mientras que para las categorías "B" y "C" las cifras serán de $313.067 y de $417.423.

El monotributista “puro” -aquel que abona el impuesto y las cuotas de jubilación y de obra social-  tendrá una suba en la cuota mínima de los $ 1.294 a los $1.955,41.

La máxima categoría pasará de $ 6.254.- a $ 9.450.- para los locadores y prestadores de servicios (categoría H) y de $ 9.738.- a $ 14.174.- para quienes tengan actividad de comercio (categoría K).

Si el Monotributista trabaja al mismo tiempo en relación de dependencia solo abona lo impositivo, ya que está eximido de aportar la cuota de jubilación y de obra social que ya la abona como empleado dependiente. Así, un categoría A abonará una cuota mensual de $168,95.

El aporte previsional varía según las categorías, mientras el aporte a la obra social será una cuota de $ 1.041,07 similar para todas las categorías.

La actualización surge al aplicar la ley 27.346, que establece que las variables del esquema del monotributo se actualizan una vez por año, en un porcentaje equivalente al aumento acumulado en el período anual previo por los haberes jubilatorios del sistema nacional. La nueva escala regirá desde el 1 de enero de 2020.