Entre las deudas que mantiene la democracia que supimos conseguir se encuentra –por ejemplo– la de no haber declarado la emergencia legislativa a fin de deconstruir el andamiaje legal creado en años de dictadura. Los pilares jurídicos centrales vigentes en materia económica nacieron en años de dictaduras a lo largo del siglo XX. Los regímenes de sociedades, de concursos, minero, aduanero, de inversiones extranjeras, de entidades financieras, de comunicaciones, de hidrocarburos –entre otros- si bien sufrieron algunas modificaciones en años de democracia, el cuerpo central y determinante fue gestado en años de dictaduras. Y por si fuera poco, han sido complementados durante los 90 por ucases nacidos al cobijo de las recomendaciones del Consenso de Washington.

El 18 de mayo de 1978, la dictadura cívico militar emitió un bando al que llamaron Ley 21.799, el cual aprobaba un nuevo texto de la carta orgánica del Banco Nación. El artículo 5º decía en su texto original que de las utilidades líquidas y realizadas que resulten al cierre del ejercicio una vez efectuadas las amortizaciones y deducidos los castigos, provisionales y previsionales, que el Directorio juzgue conveniente, se destinará: el porcentaje que fije la autoridad competente para el fondo de reserva legal; y el remanente a aumentar el capital y a los demás fines que determine el Directorio. El 2 de enero de 2018 se publicaba en el boletín oficial la Ley 27.431, en cuyo artículo 96 se decidía modificar el artículo 5º citado, por este nuevo texto: de las utilidades líquidas y realizadas que resulten al cierre del ejercicio una vez efectuadas las amortizaciones y deducidos los castigos provisionales y previsionales que el Directorio juzgue conveniente, se destinará: el porcentaje que fije la autoridad competente para el fondo de reserva legal; el porcentaje que establezca el Directorio, que no podrá superar el VEINTE POR CIENTO (20 %), al Tesoro nacional; y el remanente a aumentar el capital y a los demás fines que determine el Directorio. Esta modificación lo fue en línea con el contenido del presupuesto 2018 (artículo 89) que votaron mayoritariamente los diputados y senadores nacionales a fines de 2017. En la práctica implicará un recorte significativo del capital propio de la entidad, lo cual además de limitarla severamente en su capacidad operativa y de actuación en el mercado financiero, permitirá que el lugar no ocupado por esta nave insignia sea apropiado por la banca extranjera y local que encabeza el ranking, tales como Santander, Galicia, BBVA, Macro, HSBC y otros. El objetivo de este cambio es entonces doble: por un lado exprimir hasta el límite a una empresa del estado, para sumarla a la cobertura imposible del profundizado déficit fiscal autogenerado por el gobierno de Cambiemos. Por otro, introducir nuevas formas de privatización pero por vías diferentes.

El Banco Central publicó los balances de las entidades hasta noviembre de 2017, razón por la cual aun no es posible monitorear el proceso de descapitalización aprobado por el Congreso de la Nación. En los próximos meses comenzará a percibirse la pérdida de dinámica operativa del Banco de la Nación dado que la reducción del capital en 20.000 millones de pesos equivale a un cuarto del capital y reservas de la entidad. El Consenso Fiscal firmado por todos los gobernadores con excepción del de San Luis incluyó un inciso d) en los compromisos comunes consistente en incluir en el tratamiento del presupuesto 2018 la transferencia del Banco de la Nación Argentina al Tesoro Nacional de $ 20.000.000 (veinte mil millones de pesos) dixit. Además de contener un error de tipeo nunca corregido porque dice 20 millones en números y 20.000 millones en letras, lo grave es el acompañamiento político al proceso de destrucción del papel histórico del Banco Nación.