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El Poder Ejecutivo reglamentó el cobro de impuesto a las Ganancias a la renta financiera, que gravará a los rendimientos de plazos fijos y títulos públicos (bonos, Lecap, Letes). ¿Cuáles son los principales puntos?

La ley 27.430 de reforma tributaria básicamente grava los resultados en concepto de intereses o rendimientos que se originan por colocaciones de capital efectuadas desde el 1 de enero de 2018 o sea que tiene efectos retroactivos.

Se paga por el rendimiento que genere una herramienta financiera pero no todas. Tributarán aquellas de ganancias a partir de los $66.917,91 pesos para las del 2018, y $104.735,77 para los activos del 2019 y se irá actualizando.

Pasado en limpio, quienes superen ese monto abonan un 5% por sobre las inversiones en pesos (plazos fijos, bonos, etc) y un 15% si son en dólares o indexadas por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) o CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia).

Compra-venta de dólares

La compraventa de dólares genera una diferencia de cambios que no está gravada. Eso sucede también en los plazos fijos en dólares, donde la única ganancia que se grava son los intereses y no las diferencias de cambio

El pago de impuesto a las Ganancias por la compraventa de inmuebles reemplazará al impuesto anterior, el ITI (Impuesto a la Transferencia de Inmuebles) que paga el propietario y que representa el 1,5% del precio de venta.

Cuando se negoció la norma en el Congreso a fines de 2017, impulsada por el Frente Renovador, los inversores aún apostaban a los activos financieros locales y no había crisis económica a la vista. Pero en abril, luego de que se gravara a los extranjeros que compraban Lebac, estos inversores vendieron las Lebac y compraron dólares. Esto desató la devaluación y posterior crisis financiera.