Condenado a prisión condicional por robo calificado, tendrá que mantenerse lejos del pago. En el marco de un juicio abreviado, la jueza de Rufino, Lorena Garini, resolvió que un hombre de 43 años deberá informar a la policía cada vez que visita a sus familiares en la localidad de Amenabar, lugar donde cometió el delito que le valió la condena.

Más allá de la sentencia, lo novedoso en la resolución de la magistrada es que por pedido del fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Mauricio Clavero, se estableció que durante los tres años que dura su condena condicional, el hombre identificado como Carlos Fernández no podrá residir en las localidades de Amenábar y Sancti Spíritu, ubicadas a pocos kilómetros de Rufino.

Además, en caso de visitar a su madre o a su hermano, radicados en Amenábar, no lo podrá hacer por más de tres días al mes, y deberá informar a la policía el tiempo de su estadía.

"En comunidades tan pequeñas y en las que no ocurren delitos de manera frecuente, la prohibición al condenado de vivir en el lugar, es valorado por los vecinos", señaló Clavero. "Ellos mismos me manifestaron que si una persona relacionada al delito se tiene que ir por un tiempo, se sienten más seguros y recuperan la tranquilidad luego de la conmoción que genera cualquier hecho delictivo en lugares tan chicos", sostuvo el fiscal.

El sábado 11 de julio pasado, Fernández ingresó a un domicilio ubicado en Amenabar y robó dinero en efectivo, dos computadoras, una tablet, un teléfono celular, una cámara digital, un GPS, joyas, alhajas y un reloj. Desde Fiscalía informaron que buena parte del botín ya fue restituido a la víctima.