En las últimas horas del martes, por orden del juez Ariel Lijo, el Centro de Información Judicial publicó el texto completo de la denuncia por encubrimiento presentada contra la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el canciller Héctor Timerman y otros dirigentes. Algunas inconsistencias y contradicciones de la misma fueron dadas a conocer a través de un cable de la agencia Télam. 

El eje central de la denuncia apuntaba a que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán se había hecho con la intencionalidad oculta de intercambiar impunidad para los funcionarios iraníes que habían sido acusados por el atentado a la Amia, por un aumento del intercambio comercial con el país asiático.  Sin embargo, el año de mayor intercambio comercial de Argentina con Irán fue 2008, dos años antes de la acusación formal argentina contra el gobierno iraní, por planificar el atentado, y contra Hezbollah por ejecutarlo.

Desde ese momento, el comercio con Irán no fue significativo y no se registró cambio alguno tras la firma del entendimiento. Por otra parte, la exportación de granos a Irán en estos años estuvo a cargo (como no puede ser de otra manera ya que el Estado argentino no puede exportar granos) de empresas privadas como Bunge, Nidera, Cargill, Aceitera General Deheza, entre otras. Por lo tanto, la imputación debería haber incluido a estas empresas, las cuales deberían haber formado necesariamente parte del supuesto plan que incluía el intercambio de impunidad por aumento en la actividad comercial.

El hecho de que el supuesto pacto incluiría un intercambio energético no tiene peso. No existe ningún informe técnico o de un perito especializado en el tema que avale lo que la denuncia afirma. Tanto Argentina como Irán producen crudo y tienen relativamente poca capacidad para refinarlo, de modo que se vuelve imposible la idea de un intento de negocio energético con Irán en la medida en que Irán vende lo mismo que Argentina exporta.

Otra acusación era que en el acuerdo Argentina se había comprometido a trabajar para que Interpol levantara los alertas rojos que impedían que funcionarios iraníes acusados como autores del atentado pudieran salir de Irán. Sin embargo, una carta del canciller Timerman, marca que dos semanas después de firmado el acuerdo, le comunicó dos veces al Secretario General de Interpol que la firma del acuerdo no cambiaba los alertas rojos sobre los funcionarios iraníes y que el juez de la causa, Canicoba Corral, era el único que estaba habilitado a formular algún cambio al respecto.

Una tercera acusación de Nisman vertida en el escrito, aseguraba que en una reunión en la ciudad de Alepo, Siria, el canciller argentino y el de Irán había sellado el acuerdo. La prueba la sustentaba en los dichos del periodista José “Pepe” Eliaschev, que le había dicho al fiscal que había visto un documento donde el canciller iraní le confirmaba a su presidente tal pacto. Sin embargo, no existe documento alguno que avale ni siquiera parcialmente tal afirmación.

En su denuncia, Alberto Nisman también había transcripto una escucha de un agente de inteligencia que hablaba con el dirigente argentino-iraní, Alejandro Khalil. En ella le aseguraba que le habían dicho que en la Secretaría de Inteligencia iban a levantar los alertas rojos sobre los iraníes acusados.

En su escrito, el fiscal dice que este agente es en realidad alguien que trabajaba para Irán, sin embargo, no informó sobre el tema al juez Canicoba Corral ni al entonces Jefe de Operaciones de la SI, Jaime Stiusso, con quién según el propio Nisman llegó a reunirse hasta dos veces por semana.

Aunque el fiscal aseguraba que sólo había accedido a escuchas hechas sobre Khalil, y no tenía escuchas ni de la presidenta, ni del diputado Larroque, vinculó a este agente que hablaba con el dirigente musulmán, como alguien que trabajaba bajo las órdenes de Cristina Fernández de Kirchner.

Durante la tarde del martes, y a pedido del juez Lijo, la Secretaría de Inteligencia por intermedio de su titular, Oscar Parrilli, informó que Ramón Allan Héctor Bogado (mencionado como quien estaba en contacto con Khalil) y el ex juez Héctor Yrimia (mencionado como quien participó en el supuesto armado de una pista local), sindicados ambos por Nisman como miembros de SI "no pertenecen ni han pertenecido como personal de la planta permanente, contratado, de gabinete ni personal transitorio".

(Télam)